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Normas de Montaje Específicas: ExpoÓptica

Las empresas que opten por construcción de libre diseño, deberán enviar el PROYECTO del stand para su aprobación a la Dirección de Servicios Feriales de IFEMA (E-mail stecnica@ifema.es Fax. 91 722 51 27), antes del 12 de febrero de 2010.

La empresa encargada de los trabajos de montaje de un stand deberá abonar a IFEMA, antes de comenzar dichos trabajos, las tarifas de derechos de montaje correspondientes en concepto de los servicios prestados durante el periodo de montaje y desmontaje de la feria.
La altura máxima autorizada de los stands, en su línea perimetral, es de 4 metros .
Para poder elevar paredes o cualquier elemento decorativo a una altura superior a 4 m., será preciso retranquearse 1 m. hacia el interior en todo el perimetro.
En ningún caso se podrá superar, ni por elementos de construcción ni de decoración, ni señalización, la altura de 6 m., incluyendo los stands de doble planta.
La solicitud de autorización de montaje de stands de doble planta, deberá ir acompañada de planos detallados, firmados por un técnico superior competente y visados por el Colegio correspondiente de Madrid (certificado del proyecto y certificado de dirección de obra), y remitidos a la Dirección de Servicios Feriales.
Los cerramientos ciegos perimetrales no podrán ser superiores al 50% en cada fachada a pasillo. Para hacer cerramientos de mayor longitud, estos deberán retranquearse un mínimo de 3 m. hacia el interior y no podrán exceder del 80% de la longitud de la fachada.
Ningún elemento de construcción o decoración podrá sobresalir más de 50 cm. del perímetro del espacio adjudicado, y a partir de una altura mínima de 2,5 m. La interpretación y aplicación de la normativa para cada caso particular corre a cargo de IFEMA, quién se reservará el derecho de arbitrar excepciones si lo considera necesario, en base al respeto a la
perspectiva general del Certamen y la visibilidad de los stands vecinos.